Última actualización: septiembre de 2026 · Gratis y sin registro

Calculadora de finiquito e indemnización por despido objetivo

Consulta cómo se calculan el finiquito y la indemnización por despido objetivo, incluidos los 20 días por año trabajado, salario, antigüedad, vacaciones y pagas extra.

Herramienta específica · Revisión septiembre de 2026

Calcula tu finiquito e indemnización por despido objetivo

Estima por separado el finiquito y la indemnización general de 20 días por año con límite de 12 mensualidades.

Datos que utiliza

  • Fecha de inicio o antigüedad reconocida.
  • Fecha de finalización y salario regulador.
  • Pagas extraordinarias, vacaciones y variables.
  • Cantidad ofrecida por la empresa, si existe.

Resultado, comparación y explicación

Separa indemnización, salario pendiente, pagas extra, vacaciones, total bruto y neto orientativo. También calcula la diferencia frente a la oferta.

¿Cómo hemos calculado esta cantidad?

Expone salario diario, años de servicio, días indemnizatorios, límite aplicado y cada concepto del finiquito.

¿Cuánto corresponde por un despido objetivo?

Con carácter general, cuando legalmente corresponda, la indemnización por despido objetivo es de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año y con un máximo de 12 mensualidades.

Además de esa indemnización, puede existir finiquito por salario pendiente, vacaciones devengadas y no disfrutadas, pagas extraordinarias pendientes, variables o comisiones ya devengadas y otras cantidades salariales que procedan.

El nombre “despido objetivo” no decide por sí solo el resultado: si no concurren los requisitos, puede discutirse y llegar a calificarse de otro modo.

Finiquito e indemnización no son lo mismo

Separar ambos conceptos evita uno de los errores más habituales.

Finiquito

Puede incluir cantidades ya generadas por el trabajador y todavía pendientes de liquidar.

  • Salario pendiente del mes.
  • Vacaciones devengadas y no disfrutadas.
  • Pagas extraordinarias pendientes si corresponde.
  • Variables o comisiones devengadas cuando proceda.
  • Otras cantidades salariales pendientes.

Indemnización

Es la compensación que puede corresponder por la extinción del contrato. En el despido objetivo, cuando proceda, la referencia general es de 20 días de salario por año de servicio con el límite legal correspondiente.

Por tanto, una persona puede tener derecho al finiquito y, además, a una indemnización.

Cómo calcular los 20 días por año trabajado

El cálculo debe hacerse con salario regulador, antigüedad y límite legal.

1

Determinar el salario regulador

Revisa salario base, complementos salariales, pagas extra y variables habituales cuando legalmente correspondan.

2

Calcular el salario diario

Una estimación habitual parte del salario bruto anual regulador dividido entre 365 días.

3

Determinar la antigüedad

Cuenta la fecha de inicio o la antigüedad reconocida, revisando posibles sucesiones de contrato.

4

Aplicar los 20 días

La fórmula conceptual es salario diario × 20 × años de servicio, con tratamiento de periodos inferiores al año.

5

Comprobar el límite

El régimen general del despido objetivo tiene un máximo de 12 mensualidades cuando corresponde.

6

Separar el finiquito

Después calcula aparte salario pendiente, vacaciones, pagas extra y conceptos devengados.

Fórmula orientativa Salario diario regulador × 20 × años de servicio = indemnización antes de aplicar límites

Ejemplo: cálculo de indemnización por despido objetivo

Ejemplo sencillo con cifras exactas para entender la mecánica.

Salario anual de 36.500 € y 4 años completos

Este ejemplo calcula solo la indemnización. El finiquito se suma aparte si existen cantidades pendientes.

Salario bruto anual36.500,00 €
Salario diario regulador: 36.500 / 365100,00 €
Días de indemnización: 20 × 4 años80 días
Indemnización orientativa: 100 × 808.000,00 €
Finiquito pendienteSe calcula aparte

¿Qué ocurre si he trabajado 3 años y varios meses?

Los periodos inferiores al año no deben desaparecer del cálculo.

Ejemplo pedagógico con 3 años y 6 meses

Si el salario diario regulador es de 90 € y la antigüedad computable es de 3 años y 6 meses, no se usa solo 3 años completos. En el despido objetivo, el Estatuto de los Trabajadores prevé prorratear por meses los periodos inferiores a un año.

3 años completos3 × 20 = 60 días
6 meses sobre 1220 × 6 / 12 = 10 días
Total días orientativos70 días
Indemnización: 70 × 90 €6.300,00 €
No conviene inventar redondeos. En casos con fechas concretas, contratos sucesivos o antigüedad discutida, revisa documentación y criterio aplicable.

¿Qué significa el máximo de 12 mensualidades?

La indemnización de 20 días por año no puede crecer indefinidamente.

El máximo de 12 mensualidades actúa como techo legal de la indemnización del despido objetivo en el régimen general. Aunque el cálculo de 20 días por año arroje una cantidad superior, debe comprobarse si supera ese límite.

Dicho de forma sencilla: primero se calcula la indemnización por días y antigüedad; después se compara con el máximo legal aplicable. Si lo calculado excede el límite, se aplica el límite.

¿Qué salario se utiliza para calcular la indemnización?

No consiste necesariamente en coger el último ingreso bancario.

Conceptos que pueden influir

El salario regulador puede exigir revisar salario base, complementos salariales, pagas extraordinarias, salario anual, conceptos salariales habituales y retribución variable cuando legalmente corresponda.

Conceptos a revisar con cautela

No toda cantidad que aparece en nómina forma parte automáticamente del salario regulador. Conviene distinguir entre conceptos salariales y extrasalariales, y revisar convenio, nóminas y contrato.

Puedes usar la calculadora de finiquito para estimar el salario diario regulador con tus datos.

¿Influye cobrar en 12 o en 14 pagas?

Sí puede influir en cómo introduces y revisas el salario, pero no debe duplicar importes.

12 pagas prorrateadas

Las pagas extra ya suelen estar incorporadas mes a mes. Para evitar duplicidades, mira el salario anual total.

14 pagas no prorrateadas

Las pagas extra se cobran aparte. Pueden influir en salario anual regulador y en el finiquito si queda parte proporcional pendiente.

La clave es trabajar con el salario anual correcto y no contar dos veces una paga extraordinaria.

¿Qué pasa con las vacaciones no disfrutadas?

Las vacaciones pertenecen al finiquito, no a los 20 días por año de indemnización.

Al finalizar el contrato pueden liquidarse las vacaciones devengadas y no disfrutadas, descontando las vacaciones ya disfrutadas. Si existen días pendientes de años anteriores, también conviene revisarlos con documentación.

Este importe se analiza dentro del finiquito. No debe mezclarse con la indemnización de 20 días por año trabajado.

¿Me tienen que pagar las pagas extra en el finiquito?

Depende de si están prorrateadas y de lo devengado hasta la fecha de extinción.

Pagas prorrateadas

Si las pagas extra ya se cobran dentro del salario mensual, normalmente no hay una paga extra pendiente separada por ese mismo concepto.

Pagas no prorrateadas

Si se cobran aparte, puede existir una parte proporcional devengada y no abonada hasta la fecha de finalización, según el periodo de devengo aplicable.

Qué es un despido por causas objetivas

Es una forma de extinción basada en causas previstas por el Estatuto de los Trabajadores.

El Estatuto de los Trabajadores contempla varias causas objetivas de extinción, como ineptitud conocida o sobrevenida, falta de adaptación a modificaciones técnicas razonables, causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en los términos legales, y determinados supuestos específicos previstos en la norma.

La antigua causa de faltas de asistencia del artículo 52.d fue derogada, por lo que no debe tratarse como causa vigente de despido objetivo.

Despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas

Son causas habituales en cartas de despido objetivo, pero deben justificarse.

Causas económicas

Pueden relacionarse con una situación económica negativa en los términos legales, no con cualquier bajada aislada sin más análisis.

Causas técnicas

Pueden vincularse a cambios en medios o instrumentos de producción, siempre que concurran los requisitos correspondientes.

Causas organizativas

Pueden afectar a sistemas y métodos de trabajo o a la forma de organizar la producción.

Causas productivas

Pueden relacionarse con cambios en demanda de productos o servicios, sin que toda caída justifique automáticamente la extinción.

¿Qué debería revisar en la carta de despido?

La carta es una pieza central para entender y discutir el despido.

Un defecto formal puede ser relevante, pero no conviene asumir consecuencias automáticas sin revisar el caso concreto.

¿Hay preaviso en un despido objetivo?

El preaviso no es lo mismo que la indemnización legal del despido.

El régimen general de la extinción por causas objetivas exige conceder un plazo de preaviso de quince días, computado desde la entrega de la comunicación personal al trabajador hasta la extinción del contrato de trabajo.

Si no se respeta, puede existir una cantidad relacionada con la falta de preaviso, pero no debe confundirse con la indemnización de 20 días por año ni con las cantidades ordinarias del finiquito.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con el despido objetivo?

Que la empresa lo llame “objetivo” no impide revisarlo jurídicamente.

Un despido basado en causas objetivas puede terminar calificándose como procedente, improcedente o, en determinadas circunstancias, nulo. El resultado dependerá de la causa, la prueba, la forma, la documentación, la situación personal protegida y otros factores.

Si no estás de acuerdo, conserva la carta, el finiquito, nóminas y documentación entregada. El plazo para impugnar es breve, por lo que conviene actuar con rapidez.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

El plazo general de impugnación del despido es de 20 días hábiles.

No son 20 días naturales. La Ley reguladora de la jurisdicción social establece un plazo general de 20 días hábiles para reclamar contra el despido, con reglas procesales específicas. En la extinción por causas objetivas, la acción puede ejercitarse en los términos previstos para esta modalidad.

La conciliación o mediación puede afectar al cómputo o suspensión del plazo. Esta página no calcula una fecha límite personalizada.

Despido objetivo y despido improcedente: ¿qué diferencia hay?

No son etiquetas intercambiables.

Aspecto Despido objetivo Despido improcedente
NaturalezaExtinción basada en causas objetivas previstas legalmente.Calificación cuando la extinción no queda justificada o no cumple requisitos legales.
Indemnización general20 días por año cuando procede, con máximo general de 12 mensualidades.Régimen indemnizatorio propio, con reglas de 33/45 días según fechas y límites.
FiniquitoPuede existir además de la indemnización.Puede existir además de la indemnización.
ImpugnaciónPuede ser discutido si no concurren causas o requisitos.Puede venir de reconocimiento, conciliación o sentencia.
Resultado posiblePuede declararse procedente, improcedente o nulo.Implica efectos propios de esa calificación.

¿Es lo mismo un despido objetivo que un despido disciplinario?

No. Responden a lógicas distintas.

Despido objetivo

Se basa en causas objetivas previstas legalmente y, cuando procede, lleva indemnización de 20 días por año con límite general de 12 mensualidades.

Despido disciplinario

Se vincula a incumplimientos graves y culpables atribuidos a la persona trabajadora. Si es procedente, no conlleva indemnización por despido, aunque puede haber finiquito.

Documentos que conviene tener para calcular tu finiquito

Cuanto mejor sea la documentación, más fiable será la estimación.

Errores frecuentes al calcular un despido objetivo

Pequeños fallos pueden alterar mucho la estimación.

Confundir finiquito e indemnización

Son conceptos distintos y pueden coexistir.

Multiplicar salario mensual × 20

La referencia son días de salario, no mensualidades completas.

Ignorar pagas extra

Las pagas pueden afectar al salario anual regulador cuando correspondan.

Confundir 20 días por año

No son 20 días de salario total, sino 20 días por cada año de servicio.

Olvidar el límite

Debe revisarse el máximo general de 12 mensualidades.

Ignorar periodos inferiores al año

La norma prevé prorrateo por meses en esta indemnización.

Usar una antigüedad incorrecta

La fecha reconocida o sucesión de contratos puede modificar el cálculo.

Olvidar vacaciones pendientes

Las vacaciones no disfrutadas pertenecen al finiquito.

Contar dos veces pagas prorrateadas

Si ya están dentro del salario mensual, no deben duplicarse.

Dar por procedente lo llamado objetivo

La calificación puede discutirse si faltan causa, prueba o requisitos.

Preguntas frecuentes

Respuestas claras sobre finiquito, indemnización y reclamación en un despido objetivo.

Con carácter general, cuando concurren los requisitos legales, la indemnización es de 20 días de salario por año de servicio, con prorrateo por periodos inferiores al año y máximo de 12 mensualidades. Además puede existir finiquito por cantidades pendientes.

Primero se determina el salario diario regulador, después la antigüedad computable y finalmente se aplica la fórmula salario diario por 20 por años de servicio, teniendo en cuenta periodos inferiores al año y límites legales.

En el régimen general del despido objetivo, la indemnización de 20 días por año tiene el límite de 12 mensualidades cuando corresponde legalmente.

Sí, son conceptos distintos. La indemnización compensa la extinción; el finiquito liquida salario pendiente, vacaciones, pagas extra u otras cantidades ya devengadas cuando proceda.

Una forma habitual de estimarlo es dividir el salario bruto anual regulador entre 365 días, revisando que incluya correctamente pagas extra y conceptos salariales aplicables.

Pueden influir en el salario anual regulador y también en el finiquito si no están prorrateadas y queda una parte proporcional pendiente. No deben contarse dos veces.

Las vacaciones devengadas y no disfrutadas pueden liquidarse en el finiquito. No forman parte de los 20 días por año de indemnización.

Los periodos inferiores al año no deben ignorarse. El Estatuto de los Trabajadores prevé el prorrateo por meses de los periodos inferiores a un año en esta indemnización.

No se calcula solo sobre 3 años completos. Deben computarse los años y el periodo inferior al año conforme a las reglas aplicables, normalmente prorrateando ese periodo.

En la extinción por causas objetivas existe un plazo general de preaviso de quince días desde la comunicación personal hasta la extinción, con posibles consecuencias si no se respeta.

Sí. Que la empresa lo denomine objetivo no impide discutirlo si no concurren los requisitos. El plazo general de impugnación es breve y conviene revisar el caso cuanto antes.

El despido objetivo se basa en causas previstas legalmente y puede ser declarado procedente, improcedente o nulo. El improcedente implica que la extinción no queda justificada en los términos legales y tiene efectos indemnizatorios distintos.

Fuentes oficiales y referencias

Contenido basado en fuentes públicas oficiales, sintetizado sin copiar textos legales extensos.