Revisión editorial: agosto de 2026

Pagas extra en el finiquito: cálculo y ejemplos

La parte pendiente no se calcula por intuición ni siempre por meses completos: depende de si las pagas están prorrateadas, su cuantía y el periodo de devengo fijado por convenio o acuerdo.

¿Qué parte de las pagas extra entra en el finiquito?

Al terminar el contrato debe liquidarse la parte de las gratificaciones extraordinarias que ya se haya devengado y todavía no se haya cobrado. El artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores reconoce dos gratificaciones extraordinarias al año y permite que el convenio acuerde su prorrateo en las doce mensualidades.

Para calcular correctamente necesitas cuatro datos: cuantía de cada paga, periodo durante el que se genera, fecha de finalización y cantidades ya abonadas.

12 pagas prorrateadas frente a 14 pagas

EstructuraCómo se cobran las extrasQué suele aparecer al finalizar
12 pagasLa cuantía anual se distribuye dentro de cada mensualidad0 € como partida extra separada, salvo diferencias o conceptos pendientes
14 pagasDoce mensualidades y dos pagos separadosParte proporcional devengada desde el inicio del periodo hasta el fin

El salario anual puede ser el mismo en ambas estructuras. Lo que cambia es el calendario de cobro. Contar de nuevo unas extras ya prorrateadas duplicaría salario.

Comprueba la nómina: suele indicar si existe “prorrata pagas extra” y su importe mensual.

Fórmula para calcular la paga extra proporcional

Cuantía completa de la paga × días devengados / días totales del periodo de devengo

Los días devengados se cuentan desde el comienzo del periodo aplicable o desde el inicio del contrato si fue posterior. Los días totales son los del periodo completo definido para esa paga. Después se resta cualquier anticipo o importe ya satisfecho.

Qué cuantía usar

No siempre coincide con el salario bruto mensual. El convenio puede definir salario base y determinados complementos, excluir otros o fijar una cuantía específica.

Qué pasa con variables

Solo deben incorporarse si la norma convencional, el pacto o la naturaleza del concepto justifican su inclusión. No sumes automáticamente cualquier comisión del año.

Ejemplos de paga extra en el finiquito

Ejemplo 1: 14 pagas y devengo semestral

Paga de verano de 1.400 €, periodo del 1 de enero al 30 de junio de 2026 y finalización el 31 de marzo. En 2026 hay 181 días en ese semestre y se han devengado 90.

Cuantía completa1.400,00 €
Proporción90 / 181
Parte proporcional696,13 €

Ejemplo 2: 12 pagas prorrateadas

Salario anual de 24.000 € distribuido en 12 mensualidades de 2.000 €. Si la prorrata se ha pagado correctamente cada mes, la partida separada de pagas extra pendiente es:

Pagas extra pendientes0,00 €

Ejemplo 3: inicio a mitad del periodo

Si el periodo comienza el 1 de julio pero el contrato empezó el 1 de septiembre, la paga de Navidad se genera desde septiembre, no desde julio. Se cuentan solo los días con relación laboral dentro del periodo.

Devengo semestral, anual u otro sistema

Devengo semestral

Cada paga se genera dentro de su propio semestre. Tras cobrar la paga de verano comienza el periodo de la siguiente, según las fechas previstas.

Devengo anual

Cada gratificación puede generarse durante doce meses. Haber cobrado una paga no significa necesariamente que la otra empiece a devengarse ese mismo día.

Incorporación reciente o suspensión

Si el contrato empezó durante el periodo, se computa desde la incorporación. Determinadas suspensiones pueden afectar al devengo según la norma o convenio aplicable; no existe una respuesta única para todas las ausencias.

La calculadora utiliza un modelo orientativo de verano/Navidad. Si tu convenio usa periodos distintos, realiza el cálculo con las fechas reales.

Errores frecuentes al revisar las pagas extra

  • Sumar dos pagas completas cuando solo corresponde una fracción.
  • Añadir extras separadas cuando ya están prorrateadas.
  • Suponer que toda paga equivale a una mensualidad completa.
  • Usar meses aproximados cuando el devengo se calcula por días.
  • Ignorar una paga ya cobrada o un anticipo.
  • No revisar el convenio colectivo.
  • Confundir la prorrata salarial con la indemnización por despido.

Guarda las últimas nóminas y la nómina de cada paga extraordinaria: permiten comprobar tanto la cuantía como lo ya abonado.

Preguntas frecuentes

Normalmente no como partida separada, porque las extras ya se han incluido en cada mensualidad. Sí pueden existir diferencias si la prorrata fue incorrecta o queda otro importe pendiente.

No. Su cuantía se fija por convenio o acuerdo y puede incluir solo determinados conceptos salariales.

Para una proporción exacta se utilizan los días devengados y los días totales del periodo aplicable, salvo que la regulación concreta establezca otro criterio.

Hay que identificar cuándo empieza el devengo de la siguiente paga. En un sistema semestral puede quedar la parte generada desde el nuevo periodo; en uno anual la lógica puede ser distinta.

Deben formar parte correctamente de la retribución anual reguladora cuando son salariales, estén prorrateadas o se cobren aparte. No deben contarse dos veces.

Fuentes oficiales y criterio editorial

La explicación se ha contrastado con fuentes oficiales. Es información general y orientativa: convenio, contrato, documentación y circunstancias concretas pueden cambiar el resultado.

Artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores

Gratificaciones extraordinarias y posible prorrateo.

Consultar BOE

Artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores

Concepto y estructura del salario.

Consultar BOE

Herramienta de indemnizaciones del CGPJ

Criterio oficial sobre salario bruto y prorrata de extras.

Consultar CGPJ